Características de la firma digitalizada para que sea válida

Gracias a los procesos de evolución tecnológica, la firma digitalizada es cada día un elemento más común en nuestras vidas, su rango de aplicación es muy amplio y permite solucionar una gran cantidad de situaciones, sin importar su índole. No obstante, aún existen muchas interrogantes en relación con su validez en un posible juicio legal. A continuación, te mostraremos los requisitos para que la firma digitalizada sea válida.

Las firmas digitalizadas y biométricas han recibido un alto nivel de aceptación por parte de las compañías que deciden mejorar sus procesos de seguridad, eficiencia y atención al cliente.

Es importante mencionar que firma digitalizada y biométrica son dos conceptos diferentes que debemos aclarar antes que nada:

Por firma digitalizada se entiende aquella que se origina, por ejemplo, mediante el escaneo de una firma manuscrita en un documento. Es muy fácil de falsificar y apenas goza de respaldo legal.

En el caso de la firma biométrica, esta es la presente en un documento electrónico, quedando la identidad del firmante asociada mediante la captura de sus datos biométricos (iris, voz, velocidad del trazo, presión ejercida, etc.). Esta presenta una mayor carga probatoria que la anterior.

Una de las grandes ventajas que ofrecen es la posibilidad de incrementar considerablemente el nivel de movilidad, y así, optimizar la productividad de la organización.

Sin embargo, los esfuerzos no se encuentran alineados completamente, lo que significa que la mayoría de los países latinoamericanos poseen sus propias leyes en esta materia.

Actualmente en República Dominicana se han realizado algunos cambios que tienen como principal objetivo mejorar los procesos digitales que se llevan a cabo en el país, como prueba de esto se presenta la Resolución 071-19 del 11 de septiembre de 2019, que busca igualar en ciertos sentidos al reglamento eIDAS de la Unión Europea.

Tomando en cuenta la Resolución 071-19, específicamente su artículo 7, literal 7.2 , la firma avanzada se equipara a la firma digital segura y debe contar con las siguientes características:

  • Estar vinculada al firmante de manera única;
  • Permitir la identificación del firmante;
  • Haber sido creada utilizando datos de creación de firma electrónica que el firmante puede utilizar con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo;
  • Estar vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior sea detectable.

De igual manera, la Resolución 071-19 indica en su artículo 11, literal 11.1 lo siguiente:

"No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una Firma Digital. No obstante, solo se considerará equivalente funcional a una firma manuscrita, si cumple con los requisitos de Firma Digital Segura regulados en el Artículo 32 de la Ley Núm. 126-02 o con los de Firma Electrónica Cualificada establecido en el literal q) del Artículo 6.1 de esta Norma."

Es muy importante destacar que la mencionada Resolución toma en cuenta la confiabilidad de la fuente que haya emitido el documento digital o mensaje de datos, razón por la cual, es de vital importancia que los mismos hayan sido emitidos por entes certificados y con una trayectoria reconocida.

Otro país que cuenta con un marco regulatorio definido es Colombia, el cual se encuentra regido por la Ley 527 del año 1999 y por el Decreto 2364, ambos tienen como objetivo establecer la normativa para el uso y aplicación de la firma digital. En dicha Ley se establece que:

“El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita” (Artículo 28, Parágrafo I).

De esta forma, es posible notar que, tanto República Dominicana como Colombia, consideran que la firma digital es completamente válida al momento de iniciar algún tipo de proceso legal.

Firma digitalizada válida

¿Podemos contar con la legalidad de la firma biométrica?

La base para que una firma digital sea válida es que debe poder identificar de manera inequívoca al individuo que la realizó, sus datos y la certeza de que los datos no hayan sido alterados en ningún momento.

Sin embargo, el cumplimiento de este tipo de requisitos se relaciona de manera directa con la herramienta aplicada al momento de realizar la firma, esto representará una ventaja al momento de iniciar algún tipo de litigio. Es en este punto donde las soluciones ofrecidas por Viafirma permiten cumplir de forma cabal con aspectos como:

Registro de información biométrica

Los registros biométricos que son reconocidos cuando se lleva a cabo una firma digital incluyen los siguientes:

  • Puntos de presión y velocidad con la que se realiza el trazado.
  • Dirección en relación con el texto.
  • Tamaño o proporción.
  • Proporciones de la firma, etc.

Además de esta información, también se recolectan detalles relacionados con la localización geográfica del equipo, versión y características del software y del hardware utilizado, todo esto atraviesa por un proceso de encriptado, con la finalidad de garantizar su confidencialidad, de forma que, personas ajenas a la firma no puedan tener acceso a la misma, y así, evitar fallas en la seguridad y posibles procesos de falsificación.

Con la finalidad de alcanzar este elevado nivel de seguridad, es necesario que existan las autoridades de certificación, quienes están autorizadas por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), regido por el Capítulo II de la Ley 126-02, donde se dictan las normas que deben cumplir las entidades de certificación.

Estas entidades poseen la clave para que la información anteriormente mencionada sea desencriptada –previa solicitud de una autoridad jurídica-, de forma que, se cumplan con los requisitos de seguridad y autenticidad en la vinculación entre la firma y el firmante, conociendo si ha existido algún tipo de variación y quien la ha realizado.

Sencillez en los resultados

Una de las características de las herramientas ofrecidas es que permiten registrar los datos necesarios en el mismo documento que se esté revisando, razón por la cual, al momento de ser solicitado, solo deberá entregarse un archivo en PDF, en el cual se encontrarán las distintas pruebas que serán analizadas por un juez.

Es así que, Viafirma también ofrece soluciones para la revisión y validación de la información registrada, de manera que, se lleve a cabo la recuperación de los datos solicitados por el experto y su posterior análisis, con la finalidad de cubrir el espacio generado en caso de registrarse algún tipo de rechazo relacionado con la firma digital.

De esta forma, y gracias a la revisión de la Ley 126-02, es posible notar que la firma manuscrita y la firma digitalizada poseen el mismo nivel de veracidad al momento de presentarse como evidencia en un determinado juicio, siempre y cuando se cumplan con los requisitos exigidos en las normativas vigentes.

Una de las principales soluciones que Viafirma ofrece, permite que los datos biométricos sean obtenidos, encriptados y almacenados de la manera correcta, asegurando que la relación entre la firma y el firmante sea totalmente válida. Además, todos los resultados son integrados en el archivo en cuestión, ofreciendo un mayor nivel de practicidad y eficiencia, asegurando su aceptación por parte del sistema legal –siempre y cuando se cumplan con los requisitos exigidos-.

Es así que, y a manera de conclusión, luego de analizar las distintas características de seguridad que posee la firma digital, así como el marco legal en República Dominicana y en Colombia, es posible determinar que, mientras se cumplan con los requisitos exigidos por las normativas vigentes, será posible contar con el respaldo legal de la misma.

Todo esto es de suma utilidad en distintos aspectos, tales como: mejora en procesos de firma de documentos, aumento en la seguridad empresarial, aceptación como prueba ante un juzgado, incremento en la confianza de los clientes, entre otros.